Comité 133-Acero, Textiles y Otros Productos Industriales (CSTIS)Comité de Gestión de Productos Textiles y Siderúrgicos / SIGL (Sistema Integrado de Gestión de Licencias)Comité de Cuestiones Comerciales
Depende del Consejo de la Unión Europea.
CompetenciaPrioritariamente todo lo que tenga que ver con el comercio exterior de la UE de productos textiles y siderúrgicos: Acuerdos de la UE con terceros países a propósito del comercio bilateral de estos productos, posición de la UE en organismos multilaterales que estén relacionados con el comercio internacional de estos productos….
Si el Comité 133 Titulares se lo encarga, puede tratar cuestiones comerciales específicas de otros sectores. En tal caso, el mandato tendrá las coordenadas temporales claramente definidas.
ComposiciónPresidido por un miembro de un miembro de la Presidencia comunitaria, cuenta con la asistencia de un representante de cada uno de los Estados miembros más la Comisión.
FrecuenciaHabitualmente se reúne una vez al mes.
Depende de la Comisión Europea.
CompetenciaCoordinación de los Estados miembros a efectos de la aplicación de las normas administrativas y de gestión contenidas en los acuerdos textiles y siderúrgicos firmados por la Comunidad.
En su aspecto SIGL, revisa las incidencias que conlleva la gestión y transmisión informática de las operaciones de importación, sometidas a limitación, que realiza la Comunidad de productos textiles y productos siderúrgicos.
ComposiciónPresidido por la Comisión, cuenta con la asistencia de un representante de cada uno de los Estados miembros, a cuyos representantes habituales se unen expertos en transmisión de datos.
FrecuenciaHabitualmente se reune una vez cada dos o tres meses.
CompetenciaTramitación de las medidas de política comercial con países terceros, salvo aquellos casos (productos siderúrgicos, la mayor parte de la casuística textil…) para los que haya establecidos regímenes específicos: régimen comercial, medidas de defensa comercial, contingentes.
ComposiciónPresidido por un miembro de la Presidencia comunitaria, cuenta con la asistencia de un representante de cada uno de los Estados miembros más la Comisión.
FrecuenciaDepende de la casuística.
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