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Guía del Operador

Material de defensa: exportación

Para saber si el material objeto de exportación es material militar y requiere autorización o licencia se debe verificar si dicho material se encuentra incluido en el anexo I del Reglamento de Control de Comercio Exterior de Material de Defensa, de Otro Material y de Productos y Tecnologías de Doble Uso, Documento pdf Real Decreto 2061/2008, de 12 de diciembre -ANEXO I- (modificado por el Real Decreto 844/2011, de 12 de diciembre).

Se requiere autorización o licencia tanto para exportaciones definitivas o temporales (reparaciones, revisiones, reposición sin cobro de material defectuoso, devoluciones a origen, pruebas, homologaciones, ferias o exhibiciones), rectificaciones (plazo de validez, aduana de salida o valor de transacción), acuerdos de producción bajo licencia, actividades de intermediación o corretaje o las exportaciones en régimen de tráfico de perfeccionamiento pasivo o activo. (Ver apartado Anexos del índice de esta Guía).

Si un particular quisiera exportar un arma corta (pistola o revólver) o rifle de ánima rayada (para la caza o el tiro deportivo), se consideraría material de defensa en el caso de querer exportarlo (países terceros no comunitarios), o expedirlo a un país de la Unión Europea y, como tal, tendría que pedir licencia de exportación a la que tendría que acompañar documento de control. En función de la sensibilidad del destino se solicitaría una Declaración de Último Destino en el caso de países de la Unión Europea, Australia, Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Noruega, Nueva Zelanda o Suiza o un Certificado Internacional de Importación o Certificado de Último Destino en el caso de terceros países más sensibles.

Existen tres tipos distintos de licencias

 

Licencia Individual de Transferencia de Material de Defensa:
La Licencia Individual permite al titular la realización de uno o varios envíos de los materiales incluidos a un destinatario determinado y al país especificado dentro del plazo de validez de un año.

  

Licencia Global de Transferencia de Material de Defensa:
Dicha licencia permite al titular la realización de un número ilimitado de envíos de los materiales incluidos en la licencia, a uno o varios destinatarios y a o desde uno o varios países de destino especificados, en su caso, hasta el valor máximo autorizado y dentro de un plazo de validez de tres años, prorrogable. Además, se tiene que cumplir que la relación entre el exportador y el destinatario se desarrolle con arreglo a alguno de los supuestos que se mencionan a continuación:

 

  • Entre empresa matriz y una de sus filiales o entre filiales de una misma empresa
  • Entre fabricante y distribuidor exclusivo.
  • Siempre que el marco contractual suponga una corriente comercial regular entre el exportador y el usuario final del material que se desea exportar o expedir.

Licencia Global de Proyecto de Material de Defensa.

Se utiliza sólo para aquellas operaciones objeto del programa cooperativo de armamento contemplado en el Acuerdo Marco de 27 de julio de 2000 encaminado a facilitar la reestructuración e integración de la industria europea de defensa o de cualquier otro programa cooperativo de armamento de ámbito internacional que haya sido avalado por el Gobierno español.

Asimismo, es susceptible de ser utilizada para programas no gubernamentales de desarrollo o de producción de material de defensa en el que participe una o varias “empresas transnacionales de defensa (ETD)”. También se puede utilizar en una primera fase del desarrollo de una cooperación industrial cuando se efectúen exportaciones y expediciones o importaciones e introducciones de equipos y componentes a otras empresas participantes en dicha fase.

El Acuerdo Previo se solicita normalmente cuando se vaya a negociar o suscribir un contrato de cierto volumen que requiera un largo período de ejecución. Entraña una conformidad inicial por parte de la Administración de las operaciones derivadas del acuerdo. De esta forma la empresa evita incurrir en mayores costes.

Se requiere cumplimentar elDocumento pdf (108Kb) impreso denominado Acuerdo Previo de Transferencia de Material de Defensa y de Doble Uso o Documento pdf (22Kb) Acuerdo Previo de Licencia Global de Proyecto de Transferencia de Material de Defensa.

Su plazo de validez es de tres años ampliable por causa justificada, y nunca sirve para despachar la mercancía en aduanas. Para ello se debe obtener la correspondiente Licencia de Transferencia con el fin de liberar la mercancía y efectuar la correspondiente exportación / importación.

En primer lugar, mencionar que existen los mismos Documento pdf(263Kb) impresos tanto si se va a exportar como a importar, para material de defensa, productos y tecnologías de doble uso, material policial y antidisturbios e incluso para armas de caza y deportivas. Asimismo, se utilizan los mismos impresos tanto para licencias individuales, globales, rectificaciones y licencias temporales. Únicamente se utiliza un impreso ad hoc diferente para las licencias globales de proyecto de transferencia de material de defensa y para los llamados acuerdos previos.

Al inicio de la solicitud de licencia lo primero que hay que señalar es si se trata de una exportación /expedición o de una importación / introducción. A continuación se señala la casilla correspondiente al material objeto de la solicitud: material de defensa, productos y tecnologías de doble uso y otro material (material de caza y deportivo o material policial y antidisturbios).

  • 1) Se debe incluir todos los datos del exportador/importador, nombre y dirección completa así como su Número de Identificación Fiscal y nº de Registro Especial de Operadores de Comercio. Este número de registro es requisito indispensable para poder solicitar licencia, salvo en el caso de tratarse de un particular para determinados casos (ver requisitos para registrarse en este mismo apartado). Resulta muy importante incluir todos los datos, en particular, un teléfono e incluso un correo electrónico para agilizar la comunicación, en caso de necesitarse.
  • 2) Número de licencia (corresponde rellenarlo a la Administración).
  • 3) Plazo de validez. En el caso de licencia individual son 12 meses, la licencia global tiene un plazo de validez de 3 años, prorrogable previa justificación, y la licencia global de proyecto 5 años, prorrogable previa justificación.
  • 4) Punto de contacto. Subdirección General de Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso.
  • 5) Destinatario / proveedor: nombre y dirección completa.
  • 6) Dirección de la Autoridad emisora: Tal y como consta en el impreso.
  • 7) Nombre, teléfono y domicilio para notificaciones. Aunque los datos se hayan dado ya en otro apartado es preciso repetirlo de nuevo para que se vean correctamente los datos en la ventanilla correspondiente del sobre de remisión, dado que la dirección incluida en este apartado es la que se utiliza para remitir la licencia una vez se ha resuelto.
  • 8) País de origen. Se incluye el país de origen de la mercancía con su código. Se puede ver el código de los distintos países en el siguiente enlace:

    9) País de expedición. Mencionar el país de expedición de la mercancía con su correspondiente Documento pdf(495Kb) CÓDIGO.

    10) A) Mencionar el Comprador si es diferente al destinatario incluyendo su dirección. 10 B) Usuario final siempre que sea distinto del comprador incluyendo su dirección. 

  • 11) País donde están o van a estar situados los productos/ país de procedencia en el caso de importación. Incluir el Documento pdf(495Kb) CÓDIGO.
  • 12) A) Aduana de despacho con el Documento pdf(273Kb) CÓDIGO DE LA ADUANA.
  • 12) B) Indicar, en su caso, si se trata de una exportación en el marco de un tráfico de perfeccionamiento activo (mencionar el número de tráfico) o de un Acuerdo previo (indicar asimismo el número del Acuerdo).
  • 13) Indicar el país de destino y su Documento pdf(495Kb) CÓDIGO.
  • 14) Describir de forma detallada la mercancía. Es muy importante que la descripción sea precisa, en el caso de necesitarse existen unas hojas complementarias donde se puede incluir información complementaria.
  • 15) Mencionar el código aduanero (TARIC) tras consultar en el siguiente enlace de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para ello se debe tener un certificado electrónico expedido por la fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
  • 16) Artículo o Subartículo de Material de Defensa y de Doble Uso (ver enlace adjunto página 70.388 del BOE de 2 de julio de 2011). Se debe buscar el material, equipamiento, tecnología, etc. en el anexo correspondiente y verificar el artículo, subartículo y apartado en el margen izquierdo.
  • 17) Valor total de la transacción. Indicar en euro el importe. En el caso de que la operación se vaya a efectuar en otra moneda indicar además entre paréntesis el importe en divisa. Mencionar si el cobro del valor se va a llevar a cabo o no, dado que en algunos casos puede tratarse de donación, muestras gratuitas, etc..
  • 18) Indicar la cantidad total y la unidad de medida.
  • 19) Mencionar si el uso final es militar o civil.
  • 20) Escribir la fecha del contrato en el caso de existir y si dicho contrato se ha realizado con el Ministerio de Defensa.
  • 21) Régimen de exportación/expedición; importación/ introducción. Escribir si se realiza CIF (Cost Insurance Freight) o FOB (Free on Board).
  • 22) Mencionar si existen hojas complementarias al presente formulario
  • 23) Incluir si el material de defensa y de doble uso incorpora componentes, equipos o productos de otros países y si dichos componentes están incluidos en la lista de armas de guerra (ver enlace adjunto página 70388 del BOE de 2 de julio de 2012). Escribir el número de Certificado Internacional de Importación o el número de Certificado de Último Destino, en su caso.
  • 24) A) Indicar el tipo de Licencia.
  • 24) B) Mencionar el tipo de transporte utilizado. Si en el momento de rellenar la licencia se desconoce se puede comunicar con posterioridad (aunque necesariamente con carácter previo a la emisión de la licencia), el medio utilizado, la empresa transportista y los países de tránsito.
  • 24) C) Al tratarse de una licencia temporal se debe consignar si se trata de una feria, prueba, reparación, homologación, etc.
  • 25) A) Indicar si se acompaña a la solicitud alguno de los siguientes documentos: memoria técnica, folletos, declaración de último destino, certificado de último destino u otro documento.
  • 25) B) Escribir la firma, el nombre, el cargo y el sello del titular.

Con el fin de comprobar el destino y uso final del producto exportado e intentar evitar el riesgo de desvío hacia destinos no deseables, las licencias se acompañan siempre de los llamados documentos de control donde las autoridades del país de destino o, en su caso, el importador, certifica que dicho destino será el destino y uso final del producto. Existen, en consecuencia, diferentes tipos de documentos de control en virtud de la sensibilidad del producto exportado y de la sensibilidad asimismo del destino.

La licencia para material de defensa se tiene que acompañar de un Documento pdf(15Kb) CERTIFICADO INTERNACIONAL DE IMPORTACIÓN para la transferencia de material de defensa en el caso de países de la Unión Europea, Australia, Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Noruega, Nueva Zelanda o Suiza.

En el caso de que el destino de la exportación sea diferente a los anteriormente mencionados se utiliza el Documento pdf(19Kb) CERTIFICADO DE ÚLTIMO DESTINO (documento equivalente en el pais importador) siempre que se transfiera material de defensa. Lo emite la autoridad competente del país donde va destinada la mercancía y se debe legalizar en la embajada española del país de destino. Por último, la firma del embajador español debe ser legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación en España.

La Documento pdf(19Kb) DECLARACIÓN DE ÚLTIMO DESTINO AUTORIDADES (documento equivalente en el pais importador) se utiliza para países terceros no comunitarios para la exportación de arma de guerra no letal. Lo expide el importador, es decir, la empresa, y lo certificaría el Ministerio de Defensa del país respectivo. Por último, debe ser legalizado por la Embajada de España en el país de destino con el Visto Bueno del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Por ejemplo, se utiliza en operaciones de transferencia de recambios, electrónica, etc. No obstante, se puede presentar un Certificado de Último Destino en substitución de la Declaración de Último Destino Autoridades dado que el primero es más exigente que el segundo. En la práctica, algunos operadores prefieren presentar un Certificado de Último Destino porque resulta más fácil de solicitar de las autoridades competentes del país de destino que una Declaración de Último Destino Autoridades, en virtud de las gestiones que se ha de llevar a cabo para su obtención.

Es importante reseñar que se puede anexar a la solicitud de licencia cualquier otra información de que se disponga y que pueda ser importante a la hora de emitir la correspondiente autorización: folletos, memoria técnica, etc.

Una vez cumplimentada la licencia se presentará en el Registro General del Ministerio de Economía y Competitividad dirigido a la Subdirección General de Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso (Castellana 162, 28046 Madrid, teléfono 91 349 24 69 y 91 349 25 87 y correo electrónico sgdefensa.sscc@comercio.mineco.es) o en las Direcciones Regionales o Territoriales de Comercio, oficinas de Correos, representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. También puede presentarse por vía telemática a través de la página web de este Ministerio www.comercio.gob.es - Trámites en línea.

En el caso de que se tenga que rectificar una licencia ya presentada tan solo se puede modificar la validez, la aduana de despacho y el valor monetario. Si existen otro tipo de rectificaciones es preciso presentar para aprobación una nueva licencia.

En todo caso, no hay que olvidar que se procederá a revocar la autorización si se incumplieran las condiciones para las que estuvieran subordinadas las licencias y que motivaron su concesión o cuando hubiere existido omisión o falseamiento de datos por parte del solicitante.

Para solicitar una rectificación de una licencia bien porque se quiera cambiar el plazo de validez o bien por modificar su valor monetario o la aduana de despacho, se procederá a rellenar de nuevo una licencia y se acompañará fotocopia de la antigua licencia que se desea rectificar, y toda aquella documentación complementaria que se estime oportuna justificativa de la rectificación. Se utilizan los mismos impresos tanto para licencias individuales, globales o rectificaciones como para licencias temporales.

El modo de proceder a rellenar la rectificación es exactamente igual que la licencia original salvo la casilla que se desea rectificar, es decir, la casilla 3 (plazo de validez), la casilla 12.A (aduana de despacho), o la casilla 17 (valor de la transacción). Además, se deberá proceder a indicar en la casilla 24 A que se trata de una rectificación de licencia individual o global, respectivamente.

Gobierno de España . Ministerio de Economía y Competitividad

P. de la Castellana 162, C.P. 28046 Madrid

Teléfono 902 218 600 | 91 495 95 54