Buscador

Secretaría de Estado de Comercio Exterior

  1. Está en:
  2. COMERCIO
  3. Comercio Exterior
  4. Información Sectorial
  5. Agroalimentarios
  6. Sectores
  7. Consulta por sectores
  8. Frutas y Hortalizas
  9. Régimen de importación de conservas de setas

Frutas y Hortalizas

Régimen de importación de conservas de setas

Contenido de la página

A. AMBITO DE APLICACION

B. SOLICITUD DE CERTIFICADOS

C. EXPEDICION DE CERTIFICADOS

 

El régimen de importación es de libertad comercial, y por lo tanto no se necesita certificado de importación, únicamente requiere certificado de importación las conservas de setas del “Género Agaricus” que se importen al amparo del contingente arancelario establecido en el Reglamento (CE ) 1979/2006 de la Comisión de 22 de diciembre de 2006 (D.O.U.E. L368 de 23.12.2006) para productos correspondientes a los códigos NC 0711 5100; NC 2003 1020 y NC 2003 1030, y para las cantidades y orígenes que figuran en el anexo I

Volumen, número de orden y periodo de aplicación de los Contingentes Arancelarios mencionados en el artículo 1, del apartado 1 en Toneladas (peso escurrido)

 

 

PAIS DE ORIGEN

Nº DE ORDEN

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE
DICIEMBRE DE CADA AÑO

CHINA

Importadores
Tradicionales: 09.4157
Nuevos
Importadores:09.4193

28.950 Toneladas

OTROS TERCEROS PAISES

Importadores
tradicionales: 09.4158
Nuevos
Importadores:09.4194

5.030 Toneladas

B.1 DONDE OBTENER EL IMPRESO DE SOLICITUD DE CERTIFICADO

La solicitud de certificado de importación (AGRIM ) puede obtenerse en:

Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de la Castellana 162. Madrid

Servicios de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio autorizados para la tramitación de certificados agrícolas

B.2 DONDE PRESENTAR LA SOLICITUD DE CERTIFICADO

La solicitud de certificado de importación (AGRIM) puede presentarse en:

  • Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio Pº de la Castellana 162. Madrid
  • Direcciones Regionales, Territoriales y Provinciales de Comercio
  • Servicios de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio autorizados para la tramitación de certificados agrícolas
  • Vía Internet, acompañada por una sola garantía que cubra la totalidad de la cantidad solicitada

B.3 QUIEN PUEDE PRESENTAR LA SOLICITUD DE CERTIFICADO

Para solicitar certificados de importación dentro del contingente arancelario, es imprescindible estar registrado en un Estado Miembro, de acuerdo con las condiciones exigidas para ser "Importador tradicional" o "Nuevo importador", según las condiciones establecidas en el Reglamento (CE) nº 1979/2006 de la Comisión

Importadores tradicionales: son aquellos que han importado "conservas de setas" durante dos de los tres años civiles anteriores como mínimo; y que hayan importado al menos 100 toneladas de productos transformados a base de frutas y hortalizas, mencionados en el artículo 1, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 2204/96, durante el año anterior a aquel en el que presentan la solicitud

Nuevos importadores: son aquellos que, no obstante lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento (CE) nº 1301/2006, no entren en la definición de Importadores tradicionales y hayan importado al menos 50 toneladas de productos transformados a base de frutas y hortalizas, mencionados en el artículo 1, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 2201/96, durante cada uno de los dos años civiles anteriores

Definición de concepto "Conservas de setas"

El artículo 1 del Reglamento (CE) 1979/2006 de la Comisión, establece que a efectos de dicho reglamento el término “conservas de setas” se utiliza para denominar a las conservas de setas del género Agaricus clasificadas en los códigos NC 0711 51 00, NC 2003 10 20 y NC 2003 10 30

Para los nuevos importadores la cantidad solicitada para un origen determinado ha de ser menor o igual al 1 % de la cantidad total contemplada en el anexo I para dicho origen

Para los importadores tradicionales la cantidad solicitada será igual o menor al 150 % de su cantidad de referencia de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1979/2006 de la Comisión

B.4 COMO PRESENTAR LA SOLICITUD DE CERTIFICADO

En las solicitudes habrá que indicar lo siguiente:

En la casilla 4, nombre o razón social, domicilio, N.I.F. / CIF y teléfono del operador

  • En la casilla 7, se pondrá una "X" en NO
  • En la casilla 8, se pondrá una "X" en SI, país de origen obligatorio
  • En la casilla 11, se indicará el importe de la garantía que corresponde a la cantidad solicitada

Junto con la solicitud en el registro de operadores, se debe presentar la prueba de que se ha constituido la garantía de 40 Euros/TM (peso neto escurrido) presentando el original de resguardo de la Caja General de Depósitos

  • En la casilla 14, la denominación comercial del producto
  • En la casilla 15, la denominación del producto según la Nomenclatura Combinada Reglamento (CE) nº 2658/87 del Consejo, modificado por el Reglamento (CE) nº1549/2006 de la Comisión de 17 de octubre de 2006
  • En la casilla 16, el código del producto de que se trate (NC 0711 51 00, NC 2003 10 20 o NC 2003 10 30)
  • En la casilla 17, la masa neta con indicación de la unidad de medida
  • En la casilla 18, la cantidad recogida en la casilla 17 expresada en letras
  • En la casilla 20, figurará la mención “Importador tradicional” o “Nuevo importador”, según proceda, y el número de orden del contingente

Se deberá cumplimentar la casilla correspondiente a lugar, fecha y firma del solicitante

Se podrán presentar solicitudes en los cinco primeros días hábiles de enero

En virtud de la Orden ECO /1101/2002, es posible presentar solicitudes de certificados por vía telemática. Para ello, se han de seguir las instrucciones de la NOTA PARA LOS OPERADORES COMERCIALES de 15 de enero de 2004

Es conveniente reseñar que la presentación telemática únicamente sustituye a la presentación de solicitudes mediante impresos. Todos los demás requisitos (indicaciones, plazos etc. ) no cambian

Los certificados de importación se expiden en los Servicios Centrales del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

La expedición de los certificados se realizará el Septimo día hábil siguiente al último día del plazo de notificación a la Comisión

Si las cantidades solicitadas sobrepasan la cantidad disponible, la Comisión fijará un porcentaje de reducción

  • Los certificados serán intransferibles
  • Validez de los certificados: hasta el 31 de diciembre del año en curso
  • En la casilla 19, figurará la tolerancia del 0 %
  • En la casilla 24, se pondrá la siguiente indicación:

"Derecho de aduana … % Reglamento (CE) nº 1979/2006”

Gobierno de España . Ministerio de Economía y Competitividad

P. de la Castellana 162, C.P. 28046 Madrid

Teléfono 902 218 600 | 91 495 95 54