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Régimen certificados importación aves cuatro

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RÉGIMENES ESPECÍFICOS DE IMPORTACIÓN: REGLAMENTO (CE) Nº 536/2007 DE 15 DE MAYO DE 2007 RELATIVO A LA APERTURA Y MODO DE GESTIÓN DE UN CONTINGENTE ARANCELARIO DE CARNE DE AVES DE CORRAL ASIGNADO A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. (DO L128 DE 16.05.07)

A. AMBITO DE APLICACIÓN

B. SOLICITUD DE CERTIFICADOS

B.1 DONDE OBTENER EL IMPRESO DE SOLICITUD DE CERTIFICADO

B.2 DONDE PRESENTAR LA SOLICITUD DE CERTIFICADO

B.3 QUIEN PUEDE PRESENTAR LA SOLICITUD DE CERTIFICADO

B.4 COMO PRESENTAR LA SOLICITUD DE CERTIFICADO

B.5 CUANDO PRESENTAR LA SOLICITUD DE CERTIFICADO

C. EXPEDICION DE CERTIFICADOS

 

A. AMBITO DE APLICACIÓN

Contingente arancelario anual establecido en el Reglamento (CE) nº 536/2007 de la Comisión (DO L128 de 16/05/07), para los grupos de productos y condiciones que figuran en su anexo I.

Toda importación al amparo de este contingente está supeditada a la presentación de un certificado de importación.

El contingente se establece anualmente de 1 de julio a 30 de junio del año siguiente.

Para garantizar la regularidad de las importaciones, las cantidades se distribuyen de la siguiente forma:

  • 25% durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.
  • 25% durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.
  • 25% durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
  • 25% durante el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio.

B.SOLICITUD DE CERTIFICADOS

B.1 DONDE OBTENER EL IMPRESO DE SOLICITUD DE CERTIFICADO

La solicitud de certificado de importación (AGRIM) puede obtenerse en:

  • Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio Pº Castellana 162. Madrid.
  • Todas las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio
  • Servicios de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Privinciales de Comercio autorizados para la tramitación de certificados agrícolas.

B.2 DONDE PRESENTAR LA SOLICITUD DE CERTIFICADO

Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Pº de la Castellana 162. Madrid

B.3 QUIÉN PUEDE PRESENTAR LA SOLICITUD DE CERTIFICADO

Podrán solicitar certificado de importación dentro de este contingente cualquier persona física o jurídica que demuestre, en el momento de presentar la solicitud, haber importado o exportado al menos 50 toneladas de productos regulados por la OCM Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo de 22.10.07 (DO L299 de 16/11/07) de carne de aves de corral durante cada uno de los dos años civiles anteriores de acuerdo a lo previsto en el art 5 del Reglamento (CE) nº 1301/2006 de la Comisión de 31.08.06 (DO L238 de 1/09/06)

B.4 COMO PRESENTAR LA SOLICITUD DE CERTIFICADO

Las solicitudes de certificado podrán referirse a varios productos, originarios de EE.UU, que estén cubiertos por diferentes códigos NC.

Deberán presentarse ante la autoridad competente del Estado miembro donde el solicitante esté establecido o tenga establecida su sede social.

Todas las solicitudes que se presenten para distintos países de origen deberán presentarse al mismo tiempo, la cantidad solicitada en total deberá ser como mínimo de 10 toneladas y como máximo el 10% de la cantidad disponible para ese grupo y el periodo correspondiente.

En las solicitudes habrá que indicar lo siguiente:

En la casilla 4, el nombre, domicilio y NIF del operador. En el caso de que sea la primera vez que se presente un certificado, se acompañará original o fotocopia compulsada del NIF.

En la casilla 8, se pondrá el país de origen y una "X" en SI.

En la casilla 11, se indicará el importe de la garantía que corresponde a la cantidad solicitada:

-20 euros/100 Kg

Junto con el certificado se debe presentar la prueba de que se ha constituido la garantía suficiente para cubrir la operación solicitada Ver más detalles en la Guía práctica sobre el Régimen de Garantías (Fianzas).

En la casilla 14, la denominación comercial del producto.

En la casilla 15, la denominación del producto o productos según la nomenclatura combinada Reglamento (CEE) nº 2658/87 del Consejo, modificado por última vez por el Reglamento (CE) nº 948/2009 de la Comisión de 30 de septiembre de 2009 (DO L287 de 31/10/09)

En la casilla 16, el código o códigos de la nomenclatura combinada.

En la casilla 17, la cantidad neta en números

En la casilla 18, la cantidad indicada en la casilla 17, en letras.

En la casilla 20, se pondrá la siguiente indicación: "Reglamento (CE) nº 536/2007"

Se deberá cumplimentar la casilla correspondiente a lugar, fecha y firma del solicitante.

B.5 CUANDO PRESENTAR LA SOLICITUD

Las solicitudes de certificados deberán ser presentadas durante los siete primeros días del mes anterior a cada período; es decir, en los meses de junio, septiembre, diciembre y marzo.

C. EXPEDICION DE CERTIFICADOS

  • Los certificados de importación se expiden en los Servicios Centrales del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
  • Plazo para expedir el certificado: el certificado se expedirá lo antes posible una vez que la Comisión haya adoptado una decisión.

Si las cantidades objeto de solicitud superan las cantidades disponibles, la Comisión fijará un porcentaje de aceptación.

Los certificados de importación son transferibles a los cesionarios que cumplan las condiciones para tomar parte en este contingente.

El periodo de validez (casilla 12) es de 150 días contados a partir del día de expedición; no obstante, su validez no puede superar el 30 de junio.

La cantidad que se importe al amparo de este contingente no podrá ser superior a lo indicado en las casillas 17 y 18 y en la casilla 19 figurará la tolerancia del 0%.

En la casilla 24, se pondrá la siguiente indicación: "Reducción del Arancel Aduanero Común conforme a lo estableciod en el Reglamento (CE) nº 536/2007.

Gobierno de España . Ministerio de Economía y Competitividad

P. de la Castellana 162, C.P. 28046 Madrid Espanya.

Telèfon 902 218 600 | 91 495 95 54